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3.4.10

Delito contra el sentimiento religioso ?!!

interior_mezquita 

Es curioso como a veces uno se entera de rebote de cosas inimaginables a priori, y algo así fue lo que pasó ayer con el cúmulo de noticias sobre el vergonzoso incidente de la mezquita de Córdoba, y no es mi intención ponerme ahora a analizar si es una catedral o no, y si siendo catedral es "lógico" que esté prohibido ejercer otro culto religioso que no sea el católico, pero ya que menciono el tema creo que aquellos que se aferran a la exclusividad católica del recinto seguramente no tendrán en tan mala estima a la inquisición ya que se aferran a uno de sus grandes símbolos. Sólo diré que pienso que el incidente fue absurdo y vergonzoso.

Es curioso descubrir que en España existe algo que se llama "delito contra el sentimiento religioso".. Nombre ambiguo donde los haya y con unos términos que me los esperaría en otros países y otros tiempos, pero no en la España de hoy. He intentado encontrar los detalles de este delito para entender a qué se refieren con "delito contra el sentimiento religioso" y lo que he encontrado es el artículo 525.1 del código penal que dice: "Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnios de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican". Una explicación más ambigua que el nombre del delito incluso…

Para empezar me parece absurdo que exista una ley de "delito contra el sentimiento", y más siendo contra el sentimiento religioso, ya que la religión es parte esencial de la estructura de una sociedad, de sus redes de relaciones, de sus rituales y costumbre, etc.. entonces sería imposible hacer crítica social o cultural de lo que sea sin caer en la posibilidad de "herir" los sentimientos religiosos de alguien, además, este texto ambiguo no tiene parámetros de aplicación, deja todo en manos del juez, ¿Y si te toca un juez de estos "conservadores"?

¿Porqué es delito rezar según el rito musulmán en una iglesia que se construyó como mezquita?

¿Es delito rezar católicamente en un espacio público no religioso? ¿En los colegios públicos, por ejemplo?

¿Atentar contra los sentimientos laicos es delito?

Me parece una ley absurda y antidemocrática, que exista una ley de delito contra "el sentimiento", sea ese sentimiento religioso o no, y que una ley tenga un texto tan ambiguo que abra la puerta para ejercer una suerte de persecución intelectual.. Si un juez quiere puede imputarle un delito a alguien que simplemente se declare públicamente ateo, ya que el simple hecho de explicar que se niega la existencia de dios puede interpretarse como "escarnio del dogma", y la interpretación de la intención de la declaración es muy subjetiva.. ya sé que estoy hablando de un caso extremo, pero con la existencia de jueces como Ferrin Calamita cualquiera se confía.